Estado Laico                                                                                      Páginas Verdes


Estado Laico
 "Puntos de Vista"
 


Dra. Alba Luz Ramos Vanegas, Presidenta de la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua

 

"Es importante destacar que desde la Constitución del año 1893, 1905, 1911, 1939, 1948, 1950, 1974 y 1987, Nicaragua no tiene religión oficial, y es por tanto un Estado Laico. El Arto. 14 de la Actual Constitución vigente, establece que Nicaragua no tiene religión oficial.- Tal concepto, como norma programática mandata al Gobierno de la República de Nicaragua que todas sus políticas públicas en sus diferentes esferas de la vida nacional, sean al margen de las ideas religiosas, por consiguiente el Estado, como sujeto de Derecho Público en el ejercicio de la autoridad, no profesa ninguna religión, en cambio las personas naturales y jurídicas, estas en ejercicio de su libertades religiosas, pueden profesar las ideas que estimen convenientes, derecho que esta garantizado en el Arto. 29 de la Constitución Política establecida en el Título 4 denominado "Derechos, deberes y garantías del pueblo Nicaragüense". El concepto en si de Estado Laico, es un concepto del Liberalismo, que fue un aporte a la humanidad, y que ha sido recogido por la mayoría de los pueblos civilizados, indicando toda persona que esta al margen de las ideas o creencias religiosas.

Cabe tener en cuenta que relacionando el Arto. 27 con el 29 Cn., deberemos de interpretarlo que El Estado en el ejercicio de su función legislativa, toda ley que apruebe deberá de evitar discriminación desde el punto de vista religioso, de igual forma cuando esté desarrollando políticas públicas, especialmente en el campo educativo, estas deberán estar excluidas de cualquier matiz religioso, para evitar la discriminación o afectación del derecho de
libertad de religión, y por eso el Estado tiene que ser Laico, para evitar que este afecte o discrimine a otros grupos de personas que puedan tener o profesar determinadas ideas religiosas".

 


Dr. Álvaro Ramírez González, Presidente de la Asociación de Juristas Democráticos de Nicaragua
 

"El Estado Laico es aquel donde las autoridades son electas por el pueblo y no están sujetas a ninguna confesión o credo religioso. El Estado Laico respeta la libertad de culto, eso quiere decir que las
personas pueden pertenecer a una confesión religiosa, pueden no pertenecer a ninguna y deben respetarse las creencias de todas las personas. Ese es el Estado Laico, que se gobierna por autoridades electas por el pueblo, sin consideración a su credo religioso, a su condición social o económica. En épocas anteriores hubo tratados entre la Iglesia y los gobiernos, se llamaban "Concordatos", y normaban una serie de privilegios que tenía la Iglesia Católica, en el caso de Nicaragua, y beneficios que le concedía el Estado, que la hacía como la religión oficial del gobierno y del pueblo e incluso la religión católica tenía a su cuidado sectores de la Administración Pública, recordemos que en un tiempo el Registro Civil de las Personas lo llevaba la iglesia, el cuido del Camposanto, a como se le llamaba al cementerio, pertenecía también a la Iglesia. Era una verdadera injerencia de la Iglesia en la cosa pública, es decir el control del asentamiento de las personas que nacían como la de las que fallecían, las que se casaban, todo eso estaba bajo la égida y dirección de la iglesia. Recuerdo una anécdota famosa en las luchas históricas del pueblo chileno por abolir la imposición de una religión sobre las demás en aquel país, en que en relación al hecho de que la iglesia autorizaba o no que se enterraran en los cementerios las personas según creyeran o no en la religión católica. Los extranjeros que pertenecían generalmente a otras religiones no tenían derecho a enterrarse en el camposanto y tenían que irse de la Ciudad de Santiago y enterrarse en despoblado. Ahí hay un monumento de piedra, en el Parque de Santa Lucía hecho por esas colonias extranjeras en Chile, dentro de cuyos miembros había luchadores por la libertad que estaban en contra de esa discriminación, cuya placa dice: "A los desterrados del cielo y de la tierra", es decir no solo les negaban la entrada al paraíso sino también un lugar donde reposaran sus restos en el Camposanto".

"Aquí en Nicaragua, también hubo una época después de la Independencia Patria, donde subsistían todas estas imposiciones que constituyen una verdadera opresión a la libertad natural de los hombres. En ese Concordato se establecía la preeminencia del matrimonio religioso, la imposibilidad del divorcio, aquí fue una lucha histórica, recuerdo, todavía en tiempos del Somocismo, que se dictó una ley que permitía el divorcio y la prelación del matrimonio civil al matrimonio religioso, porque antes de esa ley se podían casar por la religión, por la iglesia y no tenían obligación las parejas de casarse civilmente, de registrar su matrimonio en el Registros Civil, se discutía si el certificado de matrimonio religioso debía o no ser suficiente para inscribirse en los registros civiles y eso se abolió y se estableció la prelación del matrimonio civil, es decir, como una ejecución de políticas del Estado, donde nada tienen que ver los cultos religiosos, son funciones propias del estado organizar la sociedad y dar las certificaciones del Estado Civil de las Personas, fue una verdadera polémica la que hubo y hubo bastante malestar recuerdo, en la Jerarquía Católica, pero la ley se aprobó, la ley que permite el divorcio en Nicaragua, una conquista muy discutida, muy debatida en nuestra sociedad; limitaciones históricas de ese tipo, existieron en Nicaragua, todo eso se termina con el Estado Laico, en donde la Iglesia no debe tener ninguna injerencia en la administración pública. La Iglesia tiene plena libertad de difundir sus creencias, de organizar obras sociales, de beneficio popular, tienen plena libertad de culto, libertad de expresar su posición religiosa, pero no tiene derecho de inmiscuirse en las tareas del gobierno, en eso consiste el Estado Laico, como el que tenemos como mandato constitucional en Nicaragua."

 


Dra. Patricia Independencia Obregón, Procuradora Especial de los Derechos de la Mujer
 

"Para mí un Estado Laico se basa en la propuesta de separar las fuerzas políticas de la Iglesia. El Estado Laico debe tener una propuesta moderada, constructiva, proactiva y respetuosa de los preceptos constitucionales. Debe estar separada la Iglesia, que pertenece al ámbito privado del mundo público, es decir, de las actividades, responsabilidades y funciones inherentes del Estado y sus poderes. En eso radica la propuesta que nosotras queremos apelar a defender vehemente que la institucionalidad constitucional del Estado Laico en este país pueda tener un término conclusivo, coherente, cohesionado y que se cumpla, que se observe el artículo 14 de nuestra Constitución Política y que se cumpla también con lo que se establece, el arto. 69, segundo párrafo de la Constitución que mandata que la observación de todo lo establecido en la Constitución Política tiene que ser sin detrimento de las visiones religiosas u otro credo político, que le inhiba. En eso creo que podemos nosotras ser contundentes, sobre todo porque en este país la posición de la Iglesia Católica en cierta medida, a veces, es absorbente, excluyente y "sabelotodo", porque opina sobre los más diversos temas, desde la Estrategia Nacional de Desarrollo, ENADES, hasta como utilizar la sexualidad en la educación, pero no está ocupada de hacer propuestas de políticas antiviolencia, propuestas formadoras de la familia desde la realidad, donde un enorme grupo de hogares son jefeados por mujeres, que hacen el papel de padre y madre y son sostén único de su familia. Creo que la Alta Jerarquía Eclesiástica no está a favor de impulsar masivamente programas de salud sexual y reproductiva, ni las políticas educativas inherentes a ésta, ni al acceso a vivienda y servicios públicos, como parte del contenido de la ENADES y específicamente de las mujeres, que somos más de la mitad de la población de este país".

 


Dr. Róger Guevara Mena, jurisconsulto destacado, exdiplomático, analista político
 
"Significa que la Institución del Estado no tiene ninguna confesión religiosa, y que a los ciudadanos se les permite optar por la que mas le convenga.

La laicidad es un comportamiento que supone dejar al libre albedrío la actuación religiosa de cada ciudadano y sobre todo
que la administración del Estado en sus diferentes órganos y poderes no puede actuar en función de ninguna religión en particular, ya que el hacerlo es contrario a la libre voluntad de opción. Un Estado laico evita los dogmatismos religiosos y las intolerancias fundamentalistas. La laicidad no supone ateismo ni materialismo, sino que respeta la libre voluntad de búsqueda del ser supremo de cada persona sin interferencias ni imposiciones".

 

Dra. Azahalea Solís Román, Responsable de Área de Derechos y Equidad del Centro de Derechos Constitucionales:

"Para hablar de la importancia del Estado Laico en Nicaragua debemos basarnos en algunas referencias sobre el tema. El desarrollo de los derechos fundamentales está sobre la base de haber roto con los estados confesionales que existían en el mundo occidental anterior a la revolución francesa. Fue esto por una parte, el humanismo del Derecho Penal Procedimental, la separación del Estado y de la Iglesia fue lo que hace irrumpir los derechos fundamentales que hoy nos ufanamos en tener, los derechos fundamentales de la igualdad y la libertad, o sea que son la base, la igualdad y la libertad el soporte de todo el andamiaje del Derecho del mundo occidental que vivimos hablando constantemente, "el mundo occidental" y se nos olvida que "el mundo occidental" está basado en los principios de igualdad y libertad que surgen a partir de la separación del Estado con la Iglesia, es decir, esta separación es la que hace aparecer los derechos fundamentales que hoy tenemos, los derechos fundamentales que están recogidos en todas las constituciones desde Francia y España, en Europa, hasta América Latina, etc. Esa es la importancia, una importancia de orden filosófico, del orden de desarrollo del pensamiento, por una parte. Por otra parte, ya existe parte del Estado de derecho en Nicaragua, es parte de la constitucionalidad de ese estado. Nicaragua es un estado constitucional según la propia Constitución. Nicaragua tiene en su ordenamiento jurídico un principio, más allá del principio de legalidad, que es el principio de constitucionalidad. Creo que eso es una cuestión que hay que vivir constantemente reiterando y explicándole a la ciudadanía. Somos un Estado que cuenta en su marco jurídico con ese principio constitucional, que eso es parte del desarrollo del pensamiento jurídico moderno".

"Con la base de ese principio de constitucionalidad hay tres artículos que se refieren al Estado Laico: Uno, que el Estado nicaragüense no tiene religión oficial. Dos, que la Educación debe ser laica, eso lo dice la constitución en el capitulo de los derechos de la educación y el tercero dice que ningún funcionario sobre la base de su creencia religiosa puede imponer su creencia en su trabajo, es decir está obligado por mandato constitucional, basado en el principio de constitucionalidad. Todos los funcionarios tienen que atenerse estrictamente a lo que dice la ley, la constitución es una ley y la ley dice: usted puede tener todas la creencias religiosas que usted quiera, pero esas creencias son de orden privado, no tienen porque interferir en el tema político, en la vida pública hay ciudadanos que creen o que no creen, todas son iguales ante la ley. Quienes creen, pueden haber mahometanos, budistas, hinduistas, etc.,

No puede ser, porque además es total y absolutamente anti democrático, es abusivo y autoritario que alguien con sus propias creencias que tiene todo el derecho de tener las que quiera, que las convierta en Políticas Públicas de toda la ciudadanía del país".

 


Lic.
Carlos Emilio López, Procurador Especial de la Niñez y Adolescencia
 
"El Estado Laico es un precepto constitucional, que tiene tanta importancia como otros preceptos constitucionales. No es inferior ni superior a otros preceptos como lo relativo a la educación gratuita y de calidad, como lo relativo al hecho de que Nicaragua es un país, una república democrática y que sus autoridades deben ser electas por el pueblo, tan importante como el precepto de que somos una nación multicultural, multiétnica. En ese sentido, respetar este principio es respetar la Constitución, es respetar el orden jurídico, es respetar el sistema legal del país. Considerando que, la Constitución es la ley madre, la ley suprema, la ley cúspide que está en la pirámide jurídica y que todo el ordenamiento jurídico debe de respetar lo que dice la Constitución, respetar el Estado Laico y rendirle culto a la Constitución, es rendirle culto a la institucionalidad jurídica del país. Por otro lado, el Estado Laico es uno de los principios fundamentales de la ideología liberal, es decir el Estado Laico nace con la ideología liberal que es uno de los postulados de la Revolución Francesa y que fue retomado por la Revolución Liberal de Zelaya. La Constitución ha sido un proceso. La Constitución que tenemos hoy ha sido el producto de diferentes constituciones y/o de reformas constitucionales. Este principio del Estado Laico está en los orígenes de la Constitución Nicaragüense. Tiene que ver con nuestra historia, con nuestras raíces jurídicas, con la identidad nacional, no es un principio que surgió hace diez, veinte, treinta años, ha sido una constante. Es un principio que surge en las primeras constituciones y que se ha mantenido a lo largo de las diferentes versiones de constituciones que hemos tenido. Me parece que respetar este principio, es respetar el proceso histórico en Nicaragua. Es respetar un principio en el cual gobiernos de todas las ideologías, no lo han cambiado, sino que se ha mantenido perdurable, se ha mantenido fuerte. El Estado Laico es la separación de la Iglesia del Estado, no significa estar contra la Iglesia, sea cual sea su denominación, ni contra ninguna expresión religiosa, no significa que el Estado niega la posibilidad que el ciudadano ejerza sus derechos a la libertad de religión, sino significa que la Iglesia tiene un espacio y el Estado otro".

"Que la Iglesia es el mundo relativo a lo espiritual, a la relación de la persona con Dios o con la Diosa. Que la iglesia o la religión es el espacio para expresar la religiosidad, ya sea en una iglesia católica o en una iglesia evangélica o de cualquier otra nominación. No puedo opinar mucho, pero es respetar el ámbito eclesial, el ámbito de la espiritualidad y el Estado es el encargado de formular, aprobar y ejecutar las leyes, las políticas públicas, el sistema de gobierno, lo contenido en el sistema educativo, lo contenido de las políticas económicas, la racionalidad de las políticas sociales y el Estado no puede intervenir en la Iglesia, el Estado no puede intervenir en el modelo de estructura jerárquica, ni en los principios cristianos, y viceversa, la Iglesia no puede intervenir en los asuntos del Estado. Ni la Iglesia puede imponerle al Estado, cuál debe ser la estructura y racionalidad de una ley, ni el Estado puede decirle a una Iglesia como debe organizar su culto, ella lo organiza como le complazca y es libre para hacerlo, tiene la autodeterminación para hacerlo y el Estado tiene la autodeterminación para decidir todo lo que tiene que ver con ciudadanía, con la lógica de los poderes públicos, todo lo que tiene que ver con la cosa pública".

 


Sra.
Dorotea Wilson, reconocida ciudadana de la Costa Caribe Nicaragüense, Representante del organismo "Voces Caribeñas"
 
"Tenemos que remontarnos a la Revolución Francesa, a sus principios universales de Igualdad, Legalidad, Fraternidad, creo que es muy importante retomar estos valores para explicar el laicismo, volviendo a ese hecho histórico, de repercusiones mundiales, se dictó la pauta por primera vez, de la inminente necesidad de la separación del Estado de la Iglesia. El estado dijo, "No a la intervención de la Iglesia en la cosa pública". Porque estaban suplantando todas las atribuciones propias del Estado y haciendo barbaridades y ahí es que comienza la definición de un Estado laico, la definición del laicismo, que es que el Estado debe asumir su responsabilidades como tal, con sus instituciones y las Iglesias de cualquier denominación dedicarse a las cosas religiosas, propias del ámbito privado y a la conversión y endoctrinamiento de sus fieles. La importancia de luchar por mantener la laicidad del Estado es que básica y simplemente respetemos nuestra Carta Magna. Nuestra Constitución lo recoge como un precepto fundamental y cuenta con una definición clarita y desde la Revolución Liberal de Zelaya, que impulsó el laicismo y era anticlerical totalmente. El Movimiento por un Estado Laico no está por el ateismo, yo personalmente soy cristiana, creyente y practicante, pero quiero que los gobernantes respeten mi derecho y mis opciones como ciudadana y lo que quiero impulsar en este país como ciudadana nicaragüense y como ciudadana costeña, es que se me respete mi identidad afro descendiente y mi religión, yo voy a misa los domingos, comulgo, rezo, pero eso es desde mi ámbito privado y de mi decisión como católica".

 


Marlen Chow, miembro del Comité Nacional Feminista de la Costa Caribe Nicaragüense
 
"El tema de mantener el Estado Laico, creo que es una lucha y una reivindicación que ni siquiera deberíamos estar haciéndola, porque es una de las luchas del liberalismo, de las ideas liberales de la Revolución Francesa, pero desgraciadamente en nuestro país esta situación no la hemos podido superar y nos encontramos con una jerarquía católica que se alía con los sectores más atrasados y que actúa como que si estuviéramos en el siglo XVIII. Eso dificulta a las mujeres plantear la legitimidad del derecho a conservar el Estado Laico en Nicaragua. Lamentablemente nuestros adversarios, han hecho aparecer al Movimiento por un Estado Laico, como una organización que lucha contra la Iglesia o contra una creencia religiosa determinada. Nosotras luchamos simplemente por mantener la laicidad del Estado, de acuerdo a nuestra Constitución, es decir mantener la separación de la Iglesia y el Estado. El Estado Laico es una legítima aspiración de los pueblos avanzados, de los pueblos educados, de las sociedades que aspiran a la libertad y al desarrollo. ¿Qué significa el Estado Laico? Significa el respeto a la libertad de creencias, significa el respeto a las prácticas religiosas o a las creencias religiosas o a las personas no creyentes. En ese sentido es importante que se ilustre a la ciudadanía, cuál es nuestro objetivo, el cual está basado en nuestra Carta Magna"

 


Dra. Guadalupe Salinas, destacada abogada, asesora de la Procuraduría de la Mujer
 
"El Laicismo tiene sus orígenes en el humanismo, desde mi perspectiva, fundamento la defensa en pro del laicismo en el humanismo, que es la corriente filosófica que tiene como objeto el desarrollo de las cualidadesesenciales del ser humano, que lo ubica como centro del universo, como producto supremo de la naturaleza y resultado de un proceso lento en millones de años y en el cual lo fundamental está en el respeto a su libertad y a su libre albedrío y a las capacidades que, como sujeto, como individuo puede desarrollar. En lo que se refiere a la acepción específica del laicismo, la noción moderna contiene, no solo la descripción entre el Estado y la Iglesia, sino también la concepción de ésta como una asociación voluntaria y en esa calidad de asociación voluntaria de la Iglesia, es donde radica la esencia del laicismo. Desde 1698 Lux en su epístola de la tolerancia, establecía el principio de que el estado no puede nada en materia meramente espiritual y la Iglesia nada en materia temporal. Implica en ese sentido que el poder público no puede expresar juicios sobre asuntos religiosos o espirituales y viceversa. La Iglesia tampoco tiene la potestad de meterse en los asuntos civiles. De hecho, siendo el fin de las religiones en general, la consecución de la vida eterna que se logra a través del culto a Dios, las leyes eclesiales no pueden referirse a asuntos terrenales, ni recurrir a la fuerza que le pertenece únicamente al Magisterio Civil. En ese sentido, la única fuerza que tiene y que de la cual es depositaria legítima el poder eclesiástico, el de la voluntariedad y la única sanción que existe es que aquellos que no se sometan a sus normas o a sus principios, se salen de ellas, como estar en una asociación voluntaria. Esto ha sido reconocido en algunos documentos del Concilio Vaticano Segundo. La gaudium et spes, es clarísima al respecto. Aunque yo soy atea, he tenido una formación religiosa y me ha preocupado mucho por estudiar el fenómeno de las religiones, sobre todo por los efectos que en sociedades como la nuestra tienen".

 

Lilia Alfaro, miembro del Congreso de Empresarias
 
"Es fundamental mantener el Estado Laico en nuestro país, primero porque nuestra Constitución así lo recoge en su Artículo Número I, donde señala que somos un país con un Estado Laico. Segundo, porque los países que son regidos por leyes católicas o evangélicas o de cualquier otra religión se estancan, no avanzan, normalmente siempre están pendientes de cuál es la dirección y cuál es la orientación que tiene la Iglesia, eso entorpece el desarrollo político, social y económico de los pueblos. Es importante recordar que los pueblos conquistados por los españoles son pueblos que fueron sometidos completamente a una dependencia providencialista y bien lo señalaba un experto recientemente que Nicaragua está manejado por el providencialismo. Providencialismo es que todo lo ponemos en manos de la Providencia: "Tenemos un buen Presidente, bendito sea Dios" y ahí que se caiga hasta que el Señor quiera y no puede ser así, no se puede ni debe someter a los pueblos a los dictados de ninguna religión, ésta pertenece al ámbito privado, el Estado a lo público".


"El Ayornamiento de Juan XXIII, ese gran Papa, que incluso permitió a los cristianos que entendieran la misa al decirla en sus propios idiomas, ya no más en Latín. Señala específica y explícitamente, la relación de autonomía de los Laicos en los asuntos seculares y se acepta el principio de que la comunidad política y la Iglesia son independientes y autónomas una de la otra en su propio campo. Eso es textual de la gaudium et spes y dice la misma Constitución Pastoral, en razón de la misión religiosa que le es propia, la Iglesia declara que no se considera ligada a ninguna forma particular de civilización humana o sistema político, económico o social. En síntesis la Teoría del Estado Laico se basa en una construcción secular y no sacra del poder político, como una actividad autónoma respecto de las confesiones religiosas. En ese sentido que el Estado Laico, entendió adecuadamente no procesa una ideología laicista, en caso de que se entienda como tal una ideología religiosa o anti religiosa, anti clerical. Los anticlericales somos los ateos, pero también respetamos a quien tenga su creencia y exijimos que también respeten nuestras creencias. La cultura Laica además es tributaria de la Filosofía Racionalista que rechazaba la Verdad revelada Absoluta y Definitiva y afirma, por el contrario, y por eso es que lo ligaba con el humanismo, la libre búsqueda de las verdades relativas a través del examen crítico y de la discusión, una discusión honorable, argumentada, una discusión entre seres racionales, libres autónomos e independientes, en donde la ciencia y la objetividad científica están por encima de dogma religioso o de fe. En términos culturales el laicismo no es tanto una ideología, como un método, y mas bien puede definirse precisamente como un método orientado al desenmascaramiento de toda la ideología, porque te deja únicamente con la verdad relativa, conocida, sabida, comprobada y a la cual voluntariamente te adherís. No voluntariamente por dogma de fe, sino por razón, por ciencia".

 


Dra. Deborah García. Representante de mujeres protestantes, académica y mujer de profundas convicciones religiosas
 
"Como protestante tengo que reconocer que el tema sobre la separación de Iglesia y Estado ha sido un tema importante que nos ha definido o caracterizado a muchas de las iglesias evangélicas en este país. Por la misma experiencia que hemos tenido los evangélicos en Nicaragua, ese tema, ha sido uno de los que más conciernen a nuestra experiencia, porque pensamos que todas las expresiones religiosas tienen su razón de ser en este país, tienen su espacio y tienen su contribución a la vida de este país. Creemos que la consideración de un Estado Laico responde a esta pluralidad real de expresiones religiosas, de confesiones de fe y, también responde a una visión en la cual la Sociedad Civil tiene su espacio en los procesos de propuesta nacional y que la Iglesia como una institución, no solo la católica o protestante, sino cualquier otra expresión religiosa tendría un aporte pero sumado a todos los demás aportes de las diferentes instituciones de este país. Precisamente una de las propuestas de las iglesias evangélicas ha sido esta separación de Iglesia y Estado. Hemos defendido la laicidad del Estado y creemos que por nuestra propia experiencia es saludable, porque eso ha caracterizado el espíritu de la educación en este país, ha caracterizado el espíritu de identidad de Estado en esta nación y también ha permitido la independencia precisamente de las instituciones religiosas. Si hay esa mezcla nos puede pasar como en la historia de la lucha de poderes, entre el poder terrenal y el poder celestial, que era un poquito esa tensión que teníamos en el pasado, cuando la Iglesia no identificaba su papel y las luchas de poder entre el Estado Monárquico y la Iglesia eran cruentas y permanentes. Creemos que eso ya está superado, es necesario seguir con un modelo de laicidad de la Sociedad Civil".

Entrevistó: Ximena Ramírez González.


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