Lic. Marcela
A. Tapia Miranda,
Registro de la Propiedad Intelectual de Nicaragua
Ministerio de Fomento Industria y Comercio Introducción
El objetivo de
la presentación, es introducir a las participantes del III Congreso
Nacional y I Congreso Centroamericano y República Dominicana de Mujeres
Empresarias, en el tema de: "La protección de la propiedad intelectual y
el CAFTA". Explicando cómo estos derechos pueden ayudar a incrementar el
valor intangible de sus empresas y disposiciones contempladas en el
CAFTA-DR, que recientemente entró en vigencia en Nicaragua.
La propiedad intelectual es un tema constante de la realidad que nos
rodea, todo producto o servicio que utilizamos en nuestra vida cotidiana
es el resultado de una larga cadena de innovaciones, grandes o pequeñas,
así como las mejoras que hacen que un producto tenga la apariencia que
tiene o funcione de la manera en que lo hace.
La Propiedad Intelectual, son los derechos que resultan de una actividad
intelectual, en el campo industrial, científico o literario. Por ello,
los países tienen leyes que protegen los derechos de propiedad
intelectual y a la vez negocian con otros países su protección en el
marco de tratados de libre comercio bilaterales y multilaterales,
procurando así que los productos y servicios ofrecidos por ellos no se
vean afectados en el tráfico económico como consecuencia de políticas
inadecuadas en otros países.
En este sentido, Nicaragua, en conjunto con Centroamérica y República
Dominicana, negoció un Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, que
contempla disposiciones sobre Propiedad Intelectual, que buscan sobre
todo, mejorar la protección de los derechos de propiedad intelectual y
fortalecer los procedimientos de observancia de estos derechos,
manteniendo a la vez un adecuado equilibrio entre los derechos de los
titulares y los usuarios del sistema de propiedad intelectual.
Se abordarán también, los temas de marcas, patentes y derecho de autor,
así como observancia de los derechos de propiedad intelectual, visto
desde nuestra legislación vigente, haciendo énfasis en los cambios
introducidos por el CAFTA-DR, explicando los beneficios que traen a las
empresas el correcto uso de las herramientas que proporciona la
propiedad intelectual, ya que independientemente de los productos que
fabrique o de los servicios que suministre, las empresas utilizan y
crean habitualmente, gran cantidad de activos de propiedad intelectual.
Por lo tanto, deberán considerar sistemáticamente las medidas necesarias
para la protección, gestión y observancia de sus derechos, con el fin de
obtener los mejores resultados comerciales posibles gracias a su
titularidad. De igual forma, cuando utilizan activos de propiedad
intelectual que pertenecen a otros, deberán considerar la posibilidad de
comprar o adquirir los derechos para su uso por medio de una licencia,
con el fin de evitar controversias y los correspondientes litigios
onerosos.
Estas consideraciones se ven incrementadas, cuando los productos o
servicios salen fuera del territorio nacional, mediante la exportación,
ya que en estos casos se hace necesario tener en cuenta, no sólo las
disposiciones nacionales, sino las obligaciones internacionales
contraídas por nuestro país, así como las disposiciones contempladas en
otros países.
Dentro de las principales razones para la protección de la propiedad
intelectual en los mercados nacionales y de exportación, se pueden
señalar:
* Los derechos de propiedad intelectual, especialmente las patentes, las
marcas y los dibujos o modelos industriales, pueden contribuir a que su
empresa adquiera una posición de mercado ventajosa en los mercados de
exportación.
* Los derechos de propiedad intelectual incrementan las oportunidades de
lograr una clientela fiel para sus productos y servicios en los mercados
de exportación.
